CONSTITUCIONALISMO MARTIANO

Por el Dr. Juan Enrique Tapia Sánchez, (cont.)

El cuidado en la elaboración de la Constitución fue otra de las preocupaciones martianas. El estaba convencido del importante papel que desempeñan en el ordenamiento social las normas constitucionales y la profunda huella que en la conciencia social dejan si se tiene en consideración que desde el legislador hasta el individuo mas simple de la sociedad tienen que regirse por su observancia. Martí consideró que las normas constitucionales no sólo recogian normas sociales existentes; sino que podían extinguirlas, modificarlas e incluso crearlas. De ahí su razonamiento en lo concerniente a la importancia de la labor legisferante en el Derecho Constitucional y que cualquier idea simple no podía encontrar el paso abierto hacia la Constitución para su acogimiento pues en este campo los errores son altamente difíciles de subsanar en la conciencia social, sus palabras son colofón a lo expuesto: “lo que se borra de la Constitución escrita, queda algún tiempo en las relaciones sociales” (III,27).

En cuanto a la estructura de la Constitución tuvo Martí sus propios criterios, sus ideas principales al respecto son:

En lo político: Organizar un Estado sobre la base de las condiciones nacionales y las particulariedades naturales e históricas del país, observando las experiencias positivas de otras estructuras estatales mas avanzadas,(lo mismo aquí) pero sin distorsionar sus raíces para adaptarse a ellas. La observación debe ser sobre la base de lo positivo en general y no sobre los cambios bruscos e intolerables que se provocan para lograr esos factores de un modo forzoso. Lo que es positivo para otros, no tiene que serlo necesariamente para uno. “La política -sentenció Martí- no es la ciencia de las formas, aunque sea esto en mucho; sino el arte de fundir en actividad pacífica los elementos, heterogéneos u hostiles de la nación: y lo primero es conocer al dedillo estos elementos, para no intentar nada que haya de chocar contra ellos, e irles acomodando gradualmente aquellas novedades foráneas que fuesen de posible y útil acomodo” (VII,58).

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