RASGOS IUSNATURALISTAS EN EL PENSAMIENTO JURÍDICO MARTIANO, (cont.)
Por el Dr. Juan Enrique Tapia Sánchez
Como sirvió el Derecho natural a la burguesía en su lucha
por lograr la abolición de la servidumbre y el vasallaje, por la liberación
de las tierras de las cargas feudales, por la libertad de conciencia y de
cultos, por la libertad de la ciencia y de cátedra, por la libertad
de domicilio y la paulatina liberación de la industria, la supresión
del tormento y de los juicios de Dios y la integración de las penas
demasiado severas al grupo de sanciones que respetan la calidad humana del
hombre, la gradual nivelación de la situación jurídica
de las clases sociales y, finalmente, de la formación y el reconocimiento
general de los principios del Derecho internacional, serviría este
movimiento ideológico para encausar su obra toda sobre y por Cuba –con
características bien peculiares y salvados los contextos históricos-.
Argumentos sobran: piensa en una república con
todos y para el bien de todos (IV, 279), cree
que el hombre ama la libertad, aunque no sepa que la ama y anda empujado de
ella y huye de donde no lo hay (IV, 40), considera que hay
que sacar de lo profundo las virtudes, sin caer en el error de desconocerlas
porque vengan en ropaje humilde, ni de negarlas porque se acompañen
de la riqueza y la cultura (III, 140), está convencido de que
un pueblo no es la voluntad de un hombre solo,
por pura que ella sea (III, 139), sostiene que en
la vida práctica de las ideas, el poder no es más que el respeto
a todas las manifestaciones de la justicia (I, 89), siente que al
venir a la tierra, todo hombre tiene derecho a que se le eduque y después,
en pago, el deber de contribuir a la educación de los demás
(XIX, 375). Se alza definitivamente: Yo quiero
que la ley primera de nuestra República sea el culto de los cubanos
a la dignidad plena del hombre (IV, 276). Echa por tierra toda duda:
Su derecho de hombres(7)
es lo que buscan los cubanos en su independencia (IV, 273).
Expuestas algunas de las razones que podrían explicar las causas de
los rasgos de iusnaturalismo en el pensamiento jurídico martiano, no
impide reconocer la existencia de factores objetivos que pudieran haber logrado
un desprendimiento o ruptura martiana con la Escuela del Derecho natural.
Negarlo sería ético y científicamente injustificable.
Entre los factores mencionados encontramos su labor política, la que
le impidió el desarrollo del académico que llevaba dentro, y
su temprana muerte que limitó la segura evolución de su pensamiento
siempre en ascenso. No podemos considerar desmérito en la obra martiana
el acercarse o no a determinadas corrientes del pensamiento, pues como afirmó
Carlos Rafael Rodríguez:
no se trata, dejémoslo aclarado de manera inequívoca, de atribuirle a Martí perfiles ideológicos que le son ajenos y desvirtúan su real significado (...). Imaginar cuál sería su postura si tuviera que abordar los problemas que hoy nos cercan; es plausible, pero artificial. Porque [...], nadie fue más hijo de su momento, más expresivo de su clase, más apegado a los modos de su día, que José Martí. De esa fidelidad extrae toda su grandeza de líder. Y ella determina, también, las limitaciones que sería reprobables encubrir.(8)
Como recomienda también Blas Roca Calderío, para estudiar a Martí es imprescindible estudiarlo en base a las “peculiares condiciones en que se formó, su liderato revolucionario; en el escenario, en el medio y el objeto; de sus luchas y acciones”.(9)
(8)Carlos Rafael Rodríguez Rodríguez. Letras con Filo. La Habana, Editorial de Ciencias Sociales, 1987, Tomo III, p.202.
(9)Blas Roca Calderío. Citado por Carlos Rafael Rodríguez en obra citada página 203.
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